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Lo acusaron por armar escándalos los fines de semana

La intervención de los funcionarios del CPNB logró que ambas partes llegaran a un acuerdo

La comunidad del barrio Cotiza, ubicado en el noroeste del municipio Libertador, en Caracas, era testigo de los constantes gritos provenientes de una vivienda, acompañados de faltas de respeto y peleas a altas horas de la noche.

La situación se convirtió en una preocupación para los habitantes de la zona y la convivencia en un calvario, sobre todo para el vecino de al lado y su familia.

La oficial Yarbeily González narró a Últimas Noticias que, cansado de la situación, un ciudadano del sector decidió ponerle fin a la pesadilla y acudió a la Oficina de Atención Comunitaria del Cuerpo de la Policía Nacional Bolivariana en la parroquia San José para formalizar una denuncia contra las personas que viven en una casa multifamiliar.

El hombre relató a los funcionarios que los escándalos eran constantes. Señaló que en algún momento logró conversar de manera directa con el causante de los ruidos y comentarle su preocupación.

El acusado respondió de forma satisfactoria. Le explicó que solo los fines de semana se reunían a tomarse unos tragos y a compartir con amistades, pero que la intención no era molestar.

Por varios días, el conflicto se apaciguó. Sin embargo, una semana más tarde continuaron los gritos, las groserías e insultos entre las personas señaladas, afectando la tranquilidad del denunciante y la de su familia, sobre todo las noches de los días viernes, sábado y domingo, momentos que él aprovechaba para descansar de su trabajo.

Dijo que no lograban dormir debido a que les preocupaba que la situación entre los involucrados en los hechos se agravara y llegara a violencia.

Siguiendo el protocolo del Servicio de Policía Comunal, la funcionaria convocó a la otra parte involucrada para escuchar su versión y así tener un panorama completo del conflicto que afectaba la armonía del sector.

Mediación

El día señalado, ambas partes acudieron a la Oficina de Atención Comunitaria de la parroquia San José. La oficial González realizó un acto conciliatorio, donde lo primero fue escuchar las inquietudes de cada uno, permitiendo que tanto el denunciante como el denunciado expusieran sus puntos de vista.

“Escuchamos a la parte solicitante para saber el motivo de su denuncia, y luego escuchamos a la parte convocada para que ambas partes sean orientadas”, explicó, detallando el proceso de mediación.

Durante la reunión, el vecino denunciado manifestó que los ruidos eran producto de reuniones familiares y que nunca tuvo la intención de molestar a los demás residentes. Señaló que, a veces, alguno de los presentes se pasaba de tragos y comenzaba a pelear con los demás. Por su parte, el denunciante reiteró que el problema era recurrente, que no era cosa de un solo día.

Reiteró que se instalaban todo el fin de semana y siempre terminaban en discusiones que afectaban su derecho al descanso y a la paz en su hogar.

La oficial guio el diálogo, recordando a los implicados la importancia de la tolerancia y el respeto mutuo para la sana convivencia. Tras varias intervenciones, ambas partes lograron entenderse y manifestaron su disposición para resolver el conflicto de manera pacífica.
Compromisos.

El diálogo permitió que los vecinos llegaran a acuerdos reparatorios. El denunciado se comprometió a reducir el volumen de la música y los ruidos provenientes de su vivienda, especialmente durante la noche, así como a evitar que sus invitados tuvieran conductas irrespetuosas.

Además, acordaron establecer horarios para las actividades que pudieran generar ruido y notificar con antelación cuando planearan reuniones familiares para evitar malentendidos.

El denunciante, por su parte, aceptó las disculpas y se mostró dispuesto a dar por concluido el conflicto. Ambos vecinos firmaron un compromiso donde quedaron asentados los acuerdos alcanzados, dejando constancia de su voluntad por resolver el problema de manera pacífica y restablecer la armonía en el sector.

Normativa

La mediación se llevó a cabo haciendo valer lo dispuesto en la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana, el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del municipio Libertador.

En particular, el artículo 8 de esta normativa reconoce como un valor fundamental “la solución pacífica de las controversias y la aplicación de medios alternativos para la resolución de conflictos”, principio que guio toda la intervención.

Asimismo, el artículo 13 de la ordenanza establece que los habitantes del municipio deben “asumir una conducta ética y de civismo, evitando cualquier acción, omisión o manifestación contraria al orden público, al respeto por las personas y a sus bienes, en consideración, tolerancia y reconocimiento de sus derechos”. Esta disposición fue recordada a ambas partes durante la mediación.

La oficial González destacó que, desde la implementación del Servicio de Policía Comunal en la parroquia San José, la respuesta de los organismos de seguridad ha sido satisfactoria para disminuir los conflictos vecinales.

La legislación en detalle

Paz social

En el artículo 30 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, Civismo y Justicia de Paz Comunal del municipio Libertador, se define como un deber de convivencia evitar conductas o actividades en el uso de bienes muebles o inmuebles que causen molestias o alteraciones a la paz social, reguladas en la presente Ordenanza o en otras normativas legales o sublegales vigentes.

Gritos y música a todo volumen

En el artículo 31 de la Ordenanza, se consideran actos que generan contaminación sónica perturbar la correcta convivencia ciudadana mediante gritos escandalosos o palabras soeces, que ofendan el decoro de las personas, especialmente en espacios donde se encuentren niños, niñas y adolescentes.

Asimismo, colocar música con altos niveles de sonido en espacios residenciales, locales comerciales con abertura hacia espacios públicos, en unidades de transporte de pasajeros y pasajeras, en vehículos particulares estacionados o en circulación con ventanillas abiertas, o en cualquier otro lugar donde el efecto del sonido provoque alteración a la paz ciudadana.


Sanciones

Según el artículo 30 de la Ordenanza, la persona que incurra en una de las conductas antes señaladas será sancionada con una multa equivalente al pago en bolívares de 50 veces la moneda de mayor valor fijado por el BCV.

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